El Servicio de Rentas Internas (SRI) recuerda a la ciudadanía que la entrega de documentación e información falsa es sancionada por la Ley. Al mismo tiempo informa que ya se han iniciado procesos de control con implicaciones penales para los sujetos pasivos o contribuyentes que han incurrido en esta infracción.
Una empresaria en Guayaquil, dedicada a la importación y exportación de joyas, fue detenida por emitir comprobantes de venta falsos.
El operativo fue realizado por fedatarios fiscales del SRI, el Juzgado de Contravenciones del Guayas y la Policía de Delitos Tributarios y Aduaneros.
La aprehensión se produjo como consecuencia de la entrega de comprobantes de venta ilícitos, que no tenían la autorización del organismo tributario y por tanto carecían de validez. La flagrancia en la entrega o acreditación de información falsa determinó la detención del contribuyente.
El inciso tercero del Art. 344 del Código Tributario establece que constituye defraudación sancionada con pena y prisión de 1 a 3 años el hecho de: «Imprimir y hacer uso doloso de comprobantes de venta y retención que no hayan sido autorizados por el Servicio de Rentas Internas».
Adicionalmente, el Art. 109 de la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno (LORTI), manifiesta: «Casos especiales de defraudación.- Además de los casos contemplados en el Código Tributario, para los efectos de esta Ley constituyen casos de defraudación la falta de emisión o entrega de facturas, notas o boletas de venta, la emisión incompleta o falsa de éstas y el no uso o uso parcial de los sellos o cualquier otro tipo de documento de control establecido por el reglamento de esta Ley”.
Por ello, el SRI recomienda a los contribuyentes proporcionar a la Administración la información y documentación correcta.