La propuesta de validar el uso de brazaletes electrónicos en procesados por delitos sexuales, violencia doméstica e inclusive en reos con medidas cautelares, presentada por el vocal del Consejo de la Judicatura en Transición (CJT), Fernando Yávar, parece ser considerada luego de la visita que éste hiciera a Colombia, donde observó el funcionamiento de los dispositivos. En dicho país ese mecanismo, de vigilancia electrónica, rige desde diciembre de 2010.
Yávar dijo que realizó el estudio de la aplicación de esta herramienta, tanto desde la visión general con los operadores de justicia como desde los centros de monitoreo, donde comprobó el control de las personas que utilizan los brazaletes. “Hemos estudiado la realidad colombiana y creemos que daría muy buenos resultados en nuestro país”, señaló el funcionario, quien agregó que no se requeriría de ninguna reforma legal para su aplicación y que comenzaría a implementarse de forma gradual a partir del próximo año.
A más de la utilidad de ese dispositivo para proteger a las víctimas de violencia intrafamiliar o de abusos sexuales, activando la alerta de la Unidad de Policía Comunitaria (UPC) más cercana cuando el agresor se acerca más de lo permitido, Yávar resaltó su empleo en los casos de arresto domiciliario.
El funcionario explicó que la Policía emplea al menos 3 uniformados de servicio urbano en la custodia de un procesado. Eso equivale a $2.100 mensuales en remuneración de honorarios. Los sueldos de esos 3 gendarmes multiplicados por un año, que demora en promedio un juicio, suman $25.200, y si se multiplica esa cantidad por 100 casos dará un total de $2’520.000, pero en el sistema judicial hay más de 300 casos de arresto domiciliario, señaló Yávar, lo que implica que el Estado hace una inversión muy cara en la custodia de la puerta de una casa, que puede ser reducida, con mayores efectos de eficiencia y control, con la implementación del brazalete, y de esa manera esos policías podrían retornar a las calles para seguir haciendo patrullajes preventivos.
Además de eso, la medida permite ahorrar al sistema de rehabilitación social, puesto que mantener a una persona privada de la libertad le cuesta 22 dólares diarios al Estado, mientras que la inversión en el mantenimiento y monitoreo del brazalete cuesta unos 8 dólares.
Al referirse a ese tema, Gabriel Noboa, presidente del Quinto Tribunal de Garantías Penales del Guayas, indicó que la iniciativa es muy buena porque así existirá un sistema de control que ofrecerá más garantías para que los derechos de las víctimas, sobre todo en los casos de violencia doméstica, sean respetados y que a la vez.
El judicial señaló que el brazalete electrónico sería de gran ayuda para asegurar la comparecencia del procesado en la etapa de juicio, puesto que, según informó, un 70% de los sindicados que se benefician con medidas sustitutivas a la prisión preventiva no acuden a las audiencias de juzgamiento.
El Código de Procedimiento Penal, en su artículo 171 señala que la sustitución de la prisión preventiva se otorga siempre que no se trate de un delito sancionado con penas que superen los 5 años y que el imputado no haya sido condenado con anterioridad por el delito.